La Corte Suprema de Justicia no ha encontrado fundamento a la demanda interpuesta para declarar sin efecto la decisión de la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de prorrogar en forma automática el contrato de concesión a la empresa Panama Ports Company (PPC).
El magistrado Carlos Vásquez, no admitió la demanda presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz.
El magistrado Vásquez sustentó su decisión en el articulado del Contrato Ley suscrito en 1997 entre el Estado y PPC. En él se establece la vigencia de la “prórroga automática” si la empresa cumple con los términos del contrato.
Una auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) certificó que la empresa concesionaria cumplió sustancialmente con lo acordado en el contrato.
Los miembros de la Junta Directiva de la AMP se basaron en esa certificación para “de manera unánime” también reconocer el cumplimiento de las condiciones básicas del contrato y por ende autorizar al Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá a certificar la vigencia del segundo período del contrato de concesión”.
El contrato tiene una vigencia de 50 años que terminarán en el 2047 cuando toda la infraestructura de los puertos de Balboa y Cristóbal pasarán a manos del Estado panameño.
“La República de Panamá se confirma como fiel garante de la seguridad jurídica de las inversiones que se realizan en nuestro país sin dejar de enfocarse en la continua búsqueda de los mejores beneficios para el Estado y sus ciudadanos”, expresó el comunicado oficial de la AMP, al momento de conocerse la resolución.
Proyecciones
Las proyecciones oficiales indican que PPC aportará al Estado más de $800 millones en los próximos 25 años por tarifas. Unos $32 millones anuales.
La AMP recordó que PPC ha pagado en concepto de tasas y tarifas en los primeros 25 años de vigencia del contrato $445 millones y ha realizado una inversión de $1,695 millones para modernizar la infraestructura de las terminales de Balboa y Cristóbal.