Se aprobó en tercer debate las modificaciones a la Ley 22 de Contratación Pública, consignadas en el Proyecto No.10.
Los acuerdos entre los miembros de las diferentes bancadas se lograron, luego de cuatro días de un profundo análisis.
Se introdujo un total de 13 modificaciones y cinco artículos nuevos al proyecto de ley que consta de 66 artículos.
Esta nueva legislación robustecerá varios aspectos de compras públicas, dándoles mayor eficiencia, transparencia y modernización al proceso.
El presidente de la comisión de Comercio, diputado Luis Rafael Cruz, dijo que entre los puntos más importantes aprobados resaltan la promoción de las empresas locales, nacionales y los bienes y servicios de origen panameño, los cuales serán de gran beneficio para la economía nacional.
En cuanto al artículo 12, sobre la incapacidad legal para contratar, aseguró que este se mejoró porque quienes cometan actos de corrupción no van a poder contratar con el Estado.
Destacó que, según este artículo, en su numeral 9 establece que a partir de la promulgación de la ley quienes cometan algún acto delictivo o sean condenados no podrán participar de los actos públicos.
Según el diputado Cruz, la propuesta también contempla que quienes realicen acuerdos de colaboración judicial o de pena en donde reconocen la comisión de delitos contra la administración pública, el orden económico, la seguridad colectiva, el patrimonio económico y la fe pública, no podrán contratar con el Estado.