No es el exceso de leyes lo que asegura el perfeccionamiento de una sociedad, sino que las que existen sean estrictamente respetadas y cumplidas. Y en ese aspecto nuestro país es el lamentable ejemplo donde la multiplicación prodigiosa de las normas camina tomada de la mano con el descomunal desprecio e incumplimiento de las mismas.
Ese es el destino que parece acechar a la Ley 316 del 18 de agosto de 2022 que establece sanciones para el conflicto de interés en la gestión pública. De los 20 mil funcionarios obligados a presentar la declaración jurada establecida por la norma, solamente unos 8 mil han cumplido con el requisito. La ley, entre otras cosas, busca precisar si un funcionario se beneficia de concesiones estatales o de las contrataciones públicas, si tiene relación con empresas que son proveedoras del Estado, o si ha recibido regalos durante los últimos doce meses de empresas o personas ajenas a su familia.
Recién entrada en vigencia el pasado 18 de febrero, obliga a declarar actividades remuneradas o no, ya sean de tipo profesional, laboral, gremial, económica, personal o de beneficencia a un amplio rango de funcionarios, entre ellos ministros, viceministros, contralor y subcontralor, diputados, alcaldes y vicealcaldes, representantes de corregimientos, entre muchos otros.
El plazo para cumplir con esta ley vence hoy 5 de abril y todo servidor público que lo incumpla, o que entregue información incorrecta, será sancionado con multas de hasta tres meses de salario. Si la información proporcionada resultase falsa, el castigo puede implicar la suspensión del cargo. Los próximos días serán cruciales para constatar la efectividad de esta nueva reglamentación: a ver si se constituye como la excepción a esa vieja lacra nacional de pasarse las leyes por la faja.