Días libres para el sector público. Según el Decreto Ejecutivo 263, publicado en la Gaceta Oficial, se ordena el cierre de oficinas públicas en todo el territorio nacional, a partir de las 12:00 mediodía del 24 y 31 de diciembre, por fiestas de fin de año.
Dicha reglamentación incluye a todas las entidades del Gobierno y municipales que tengan la opción de organizar trabajo, sin afectar a terceros.
De igual manera se detalla en el Decreto Ejecutivo que las entidades que por su naturaleza de servicio, deban mantenerse habilitadas de forma continua, se podrán acoger a los esquemas, procedimientos o normativas legales de trabajo que tengan dispuestos para tales fines.
Las excepciones a los días libres señalados aplican para hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y las unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud.
Además, del Benemérito Cuerpo de Bomberos, el Servicio Nacional de Migración, el Metro de Panamá S.A; el Sistema Nacional de Protección Civil, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre y la Fuerza Pública, tendrán que trabajar en los turnos asignados.
Entre las entidades de Gobierno, también deberán estar de turno a Autoridad Aeronáutica Civil, Etesa y la AAUD.
A esto, se le suman las empresas privadas que no están obligadas a otorgar días libres, pero pueden remunerar el día con pago doble.