Corte Suprema abre fase de argumentos en caso de Martinelli

Corte Suprema de Justicia. | Foto: Cortesía

La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia reveló que se encuentra en el proceso de presentación de alegatos la solicitud de declaratoria de inconstitucionalidad de la resolución indagatoria N° 01, de 30 de junio de 2024, , luego de la publicación del Edicto No. 1243, con fecha de 21 de noviembre, mediante el cual se dio apertura a este procedimiento legal.

La demanda, interpuesta por la abogada Nadia Castillo, en representación del expresidente de la República, Ricardo Martinelli, exige la declaración de inconstitucionalidad de la señalada resolución emitida por la Fiscalía Primera Especializada contra la Delincuencia Organizada.

Castillo alega que el exgobernante no podía ser procesado ni condenado por este caso, debido al principio de especialidad que, según su tesis, le favorece.

El magistrado Arrocha publicó el edicto, en el cual notifica que a partir de este jueves 12 de diciembre, tanto la demandante como todas las personas interesadas en el proceso presenten por escrito los argumentos sobre la inconstitutionalidad de la condena contra el exmandatario panameño.

A principios del pasado mes de noviembre, la Corte Suprema de Justicia admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por la abogada del expresidente Ricardo Martinelli contra el fallo emitido en el caso New Business, por el cual fue condenado a una pena de 10 años y 8 meses y sobre la cual pesa una orden de captura y desde en febrero de este año, está asilado en la embajada de Nicaragua en nuestro país.

Al respecto, y por solicitud de la Corte Suprema de Justicia, el procurador general de la Administración, Rigoberto González, explicó que «no es viable» la demanda de inconstitucionalidad promovida por la defensa del expresidente Ricardo Matinelli sobre la resolución que le formularon cargos.

Dando una opinión requerida por el supremo tribunal panameño, González estima que la demanda no cumple con una serie de los requisitos legales, y que el pleno de la Corte Suprema «no se puede pronunciar en el fondo con respecto a la constitucionalidad o no de leyes, decretos, acuerdos, resoluciones y actos impugnados por la vía de acción de inconstitucionalidad».

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