El diputado del partido Realizando Metas, Luis Eduardo Camacho, presentó las primeras propuestas concretas, a considerar al iniciarse el primer debate formal del Proyecto de Ley 163, que busca establecer reformas a la ley orgánica de la Caja de Seguro Social.
La propuesta del diputado Camacho se concentra en la modificación del artículo 62 del proyecto 163, le cual modifica el artículo 101 de la Ley 51 de 2005, el cual se relaciona con los recursos de la Caja de Seguro Social, para cubrir los gastos de administración que demande la gestión administrativa de la Institución y las prestaciones de los Riesgos de Enfermedad y Maternidad y de Invalidez, Vejez y Muerte.
Según la proposición del diputado Camacho, la cuota pagada por los empleados, será el equivalente a nueve punto setenta y cinco por ciento (9.75%) de sus sueldos, mientras que la cuota pagada por los empleadores, será el equivalente a quince punto veinticinco por ciento (15.25%) de los sueldos que paguen a sus empleados.
Entretanto, «la cuota pagada por los trabajadores independientes, la cual será equivalente al dieciocho por ciento (18%) del total de los honorarios brutos para cubrir las prestaciones del Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte, y el ocho punto cinco por ciento (8.5%), del total de honorarios brutos mensuales para la cotización voluntaria destinada al Riesgo de Enfermedad y Maternidad».
Por otra parte, propone el diputado Camacho, «la contribución especial del empleador, que será realizada sobre la base de cada una de las tres (3) partidas del Decimotercer Mes, equivalente a diez punto setenta y cinco por ciento (10.75%) de la suma pagada por el empleador en este concepto a sus empleados»; de igual forma, «la contribución especial que será realizada por el empleado, sobre la base de cada una de las tres (3) partidas del Decimotercer Mes, la cual será equivalente a 7.25%».
A sugerencia del diputado Camacho, habría un subsidio anual del Estado, equivalente a veinte millones quinientos mil balboas (B/. 20,500,000.00) al año, para compensar las fluctuaciones o posible disminución de la tasa de interés de las inversiones que mantenga la Caja de Seguro Social en bonos, pagarés u otros valores similares emitidos por el Estado.
«A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, un aporte anual obligatorio del Estado para cubrir el deficit actuarial del Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte, por un monto de novecientos sesenta y seis millones de balboas (B/. 966,000,000.00) al año», establece la propuesta.
«Este monto», plantea el diputado Camacho, «se ajustará cada año, en el porcentaje de disminución o incremento que como resultado genere el análisis actuarial y financiero que deberá realizar la Caja de Seguro Social sobre la suficiencia y sostenibilidad de largo plazo del Fondo Único Solidario».
La propuesta es la primera presentada oficialmente por un diputado, tanto de Gobierno, como de oposición o independiente. La misma será considerada por los comisionados de Salud, una vez se inicie la discusión formal del Proyecto de Ley 163 en primer debate, tras culminar el proceso consultivo.