Un anteproyecto de ley que busca establecer multas de $2,000 a las estaciones de servicio que no cuenten con una persona capacitada por turno laboral para expedir combustible, fue presentado el pasado mes de julio ante la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional.
La iniciativa propone prohibir en todas las estaciones de combustible del país (con la excepción de embarcaciones y aeronaves), el autoservicio de combustible líquidos y/o gas.
Actualmente en algunas de las gasolineras del país, el usuario o cliente debe servirse combustible por sí mismo, sin la asistencia del personal encargado.
El documento presentado por los diputados Daniel Ramos; Manolo Ruiz; Eugenio Bernal y Julio Mendoza, busca salvaguardar la seguridad de los usuarios que utilizan las estaciones de combustible y prever situaciones de riesgo que afecten a la población en general.
Además plantea la necesidad de que las personas con discapacidad; tercera edad, y personas que padecen de algunas enfermedades producto del contacto con los derivados del petróleo, tengan acceso al servicio de una manera más cómoda.
El anteproyecto 037 también plantea que el personal designado para servir combustible; realizar controles de fluidos de motores, calibrado de cubiertas y prevenir incendios, debe estar capacitado y certificado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Panamá.
El texto señala que las multas -que de ser reiterativas podrían aumentar a $4,000-; serán canceladas en el Departamento de Tesorería Municipal donde se encuentre ubicado el local sancionado, y los fondos recaudados el 50% serán para obras municipales y el otro 50% pasarán a una cuenta especial de la Secretaria Nacional de Discapacidad, para ser destinados a los planes, programas y proyectos que lleve a cabo la Secretaria Nacional de Discapacidad y las organizaciones de la Sociedad Civil que presenten proyectos a dicha institución.