Una Ley creada en 2002 con el fin de dictar normas de transparencia sirvió de base para que el vicepresidente de la República y ministro de la Presidencia José Gabriel Carrizo, junto a su viceministro, Carlos García, establecieran la restricción del acceso a las actas, notas y archivos, y otros registros o constancias de las discusiones del Consejo de Gabinete, exclusivamente del Presidente de la República, el vicepresidente y el secretario del Gabinete.
De esta forma, y mediante la resolución 71 del 4 de agosto, que fue promulgada en Gaceta Oficial este 20 de agosto, todo lo que suceda en el Gabinete, estará bloqueado, es decir no se podrá publicar en un periodo a partir de 10 años contados a partir de su clasificación como tal, salvo que antes del periodo de restricción, dejen de existir dejen de existir las razones que justificaban su restricción.