Tribunal Electoral: Personas con discapacidad pueden votar por adelantado

La persona debe de estar inscrita en el REVA y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos. | Foto: Cortesía

Por primera vez las personas con discapacidad podrán inscribirse en el Registro de Electores para el Voto Adelantado por internet (REVA), así lo dio a conocer el Tribunal Electoral a través de un comunicado.

Esta medida permitirá ejercer de manera digital y con antelación el sufragio, pero solo para el cargo de presidente de la República de Panamá, con miras a los comicios del 5 de mayo de 2024.

Estos ciudadanos que residan en el territorio nacional y que decidan voluntariamente inscribirse en este padrón provisional, podrán hacerlo hasta el 15 de diciembre de este año (el proceso se inició el 6 de marzo pasado) a través de la plataforma tribunalcontigo.com, un servicio virtual mediante el Centro de Atención al Usuario (CAU).

Es importante mencionar que habrá un periodo de reclamos y exclusiones, que se extenderá hasta el 27 de diciembre de 2023.

De acuerdo con información del Tribunal Electoral, los requisitos para el voto adelantado son:

Primero que nada, la persona debe de estar inscrita en el REVA y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

Además, de la cédula vigente y registrarse en el sistema de voto por internet.

¿Qué necesito para inscribirme en el REVA?

  • Estar comprendido en alguno de los grupos identificados en el artículo 12 del Código Electoral y el artículo 315 del Decreto 29 que reglamenta la Elección General 2024.
  • Ser mayor de 18 años y tener cédula de identidad personal o ser menor de edad, con cédula juvenil, que llegará a la mayoría de edad hasta el 5 de mayo de 2024.
  • Pleno goce de los derechos civiles y políticos.
  • Contar con una cuenta de correo electrónico personal.
  • Acceder a internet a través de la plataforma www.tribunalcontigo.com y luego:
  • Ir al botón de inscripción de electores residentes en el país (REVA).
  • Llenar el formulario y seguir las indicaciones.
  • Obtener su certificado médico de un especialista con no más de un año de vigencia o una certificación de la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis).
  • Esperar a ser atendido por un agente.
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