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Garantías de productos. ¿Cómo aplicarlas sin desfallecer?

PIE: Las autoridades locales informan que las quejas por incumplimiento de garantía fueron las más populares el año pasado. Foto: Acodeco

Al comprar un producto en una tienda de servicios, una de las cosas que no debe dejar de exigir como cliente, es la garantía, que cubrirá lo que acaba de cumplir, por un tiempo estimado, de algún desperfecto que pueda presentar.

Se entiende por garantía, la posibilidad de reclamar durante un plazo de tiempo determinado en el caso en que existan defectos en el producto comprado.

Eso se daría, siempre y cuando el consumidor activa la garantía en el comercio donde hizo la compra y cumple con todos los términos establecidos en el documento de la garantía.

En Panamá, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), es uno de los entes que se encarga de hacer cumplir las promesas de garantías y ayuda en casos en que haya contratiempos o malos entendidos.

¿Cómo funcionan las garantías?

Según, la Política de Competencia, regulada en la Legislación Nacional, por medio de la Ley 29, hay garantías para equipos o productos mecánicos, eléctricos, electromecánicos, electrónicos, mobiliarios, vehículos de motor, y otros bienes de naturaleza análoga; además de vehículos.

En cada caso en específico hay obligaciones de parte del proveedor que debe cumplir, así como normas que debe cuidar el consumidor.

“Lo esencial es leer la garantía de cada producto y de ser posible, guardar dicha hoja por el tiempo que el producto esté cubierto”, destacó el abogado Neftalí Pérez.

Detalles de las garantías

La garantía asegura que el funcionamiento sea adecuado, cumpliendo con la finalidad establecida.

El fabricante, importador, distribuidor y el proveedor, están obligados a responder por la garantía de un bien al respectivo cliente.

Además, el consumidor podrá exigir directamente la garantía al fabricante o a cualquiera de los intermediarios.

El proveedor no podrá eludir la obligación de conceder la garantía otorgada al consumidor, so pretexto de delegarla en el intermediario o fabricante (art. 55 de la Ley 45 de 2007).

Según la Acodeco, el proveedor y los intermediarios, no podrán proporcionar una garantía inferior a la que reciban del fabricante; pero podrán pactar una superior y estarán obligados a su estricto cumplimiento.

Legalmente

La garantía legal será de tres meses, cuando se trate de bienes nuevos, sin perjuicio que se pacte una garantía inferior dependiendo de la naturaleza y precio del bien.

En cualquier caso, la misma se computará a partir de la entrega, alcanzando las partes convenir un plazo mayor de garantía, dependiendo del valor o complejidad del bien (artículos 20 al 31 del Decreto Ejecutivo N.º 46 de 23 de junio de 2009).

Existen tres mecanismos de respuesta de los proveedores frente a sus obligaciones en la garantía, que son: reparación, reemplazo y devolución de la suma pagada.

Reparaciones

Corresponde la reparación del bien en garantía, sin costo alguno para el consumidor, dentro del término de la misma.

En el caso de artefactos grandes, el retiro para el traslado al taller habilitado, es sin costo para el consumidor, desde el lugar en que fue entregado el bien al momento de la compra (dependiendo el análisis de cada caso).

El reemplazo de un bien, ocurre cuando se compruebe que el consumidor no lo haya podido utilizar desde un inicio. Es decir, en el caso de daño irreparable en el bien; efectuadas varias reparaciones al producto (se analiza cada caso); y cuando el proveedor excede el término de 30 días, para entregar debidamente reparado el bien al consumidor.

La devolución de la suma pagada se da cuando no es posible el reemplazo del bien en garantía, y cuando se excede el término de 30 días en dar respuesta al consumidor, mediante el reemplazo del producto.

Todo lo indicado, dependerá de la situación particular de cada queja sometida a conocimiento de Acodeco, en virtud de lo dispuesto en la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.

Restricciones

Las leyes panameñas prohíben al proveedor la adopción de cualquier práctica que induzca al consumidor a confusión, error o engaño, sobre el precio de los bienes o servicios ofrecidos.

Además, el proveedor de bienes está obligado, y sólo tiene derecho, a recibir el pago del precio exactamente como esté anunciado o impreso en el establecimiento o bien respectivo, salvo que se demuestre que el consumidor lo ha alterado.

En caso de que un producto tenga más de un precio marcado por el proveedor, prevalecerá el menor.

Datos

Según cifras del Tablero de Quejas de esta institución, en el año 2021, se recibieron 3,496 quejas de diferentes consumidores por una cuantía total de B/.75,255140.99 relacionadas al incumplimiento de la Ley 45 de 2007.

Los principales casos registrados correspondieron a 1,017 por el incumplimiento de garantía ($4,902,481.59).

Entre lo recomendable por expertos, lo primero que debe hacer es leer, además de las condiciones para aplicar a la garantía, leer el periodo por el cual aplica y qué se debe hacer.

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