El pasado mes de julio, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 178, que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores calentadores y otros dispositivos similares, con o sin nicotina en la república de Panamá.
En nuestro país, según cifras del Ministerio de Salud, hay un 7% de prevalencia a ser fumadores, lo que se traduce a un aproximado de 200 mil fumadores activos.
Ante esta situación, el presidente de la Asociación de Fumadores y Familiares por un Panamá Libre de Humo, Hitler Cigarruista, asegura que la Ley aprobada por la Asamblea Nacional (AN) afecta el derecho del consumidor a elegir y afecta el derecho del fumador a eliminar el tabaco.
«Se estima que estos productos reducen hasta un 95% el riesgo de contraer enfermedades para los fumadores y lo elimina para sus familiares, porque estos dispositivos no generan humo de segunda mano», expresó.
Cigarruista explicó que la organización ha enviado cartas de todo tipo a la AN de diputados y al Ministerio de Salud, para que su propuesta sea escuchada, pero que hasta el momento no han obtenido respuestas.
Lo que dice la OMS
El presidente de la AN y proponente de la Ley 178, Crispiano Adames, manifestó que la modalidad de cigarrillo electrónico induce a los jóvenes al consumo de tabaco. Además, indicó que con la aprobación de esta norma, Panamá responde a las exigencias de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Estos últimos, en su informe 2021 presentaron datos sobre los sistemas electrónicos de administración de nicotina, aseverando que estos productos van dirigidos con frecuencia a niños y adolescentes. «La OMS constata con preocupación que los niños que consumen dichos productos tienen hasta el triple de probabilidades de consumir productos de tabaco en el futuro», manifestaron.
Por otro lado, el pasado mes de octubre, la Agencia de Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) aprobó la comercialización de productos de cigarrillos electrónicos, la primera autorización de este tipo por parte de la agencia.
Mitch Zeller, director del Centro de Productos de tabaco de la FDA, explicó que los datos demuestran que los productos con sabor a tabaco podrían beneficiar a los fumadores adultos adictos que los utilicen, ya sea por completo o con una reducción significativa del consumo de cigarrillos, al reducir su exposición a sustancias químicas nocivas, «solo se debe vigilar su comercialización».
Con esto concuerda Cigarruista, y explica que la asociación no piensa que estos productos se pueden vender en cualquier lugar de Panamá, ni de cualquier forma, «porque sabemos que esto es un producto para mayores de edad que sufren de tabaquismo. Desde nuestra óptica, se debe regular y su regulación puede ser parecida a la de los tabacos, no cerrarles el acceso a las personas a este tipo de dispositivos».
La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá y la Red Latinoamericana por la reducción de Daños Asociados al Tabaquismo solicitaron el veto para el proyecto de ley 178, ya evidencia la existencia de infracciones a normas constitucionales como el artículo 170 de la constitución al no contar con dos tercios de los votos.
Hasta el momento, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, no ha sancionado ni vetado el proyecto de ley propuesto por el Parlamento Legislativo.