El pleno de la Asamblea Nacional, aprobó este miércoles 17 de junio, en segundo debate, el proyecto de Ley No 287, objetado parcialmente por el Ejecutivo, que establece una moratoria financiera en el pago de servicios y préstamos, con la inclusión de varias modificaciones y el retiro del artículo 3, que proponía la suspensión del cobro de cánones de arrendamientos de oficinas, locales comerciales y habitacionales.
El Ejecutivo convocó a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinaria del 15 al 18 de junio para abordar este tema, por lo que desde ayer se inició el debate en el pleno, que se declaró en sesión permanente.
La eliminación del artículo 3 del proyecto 287, fue aprobado con 52 votos a favor, 4 en contra y cero abstenciones. En tanto que la modificación del artículo 5 que establece el Bono Solidario, fue aprobada 36 votos a favor, 14 en contra y cero abstenciones. La modificación establece que corresponderá al Ejecutivo establecer el monto de esta ayuda.
Durante el primer día de debate en el pleno, las comisiones de Gobierno y de Economía y Finanzas, presentaron sus respectivos informes, en los que acogieron el veto parcial realizado por el Ejecutivo a los proyectos, 2, 3, 4 y 7, por inconveniente y a los artículos 4,5y7 por inexequibles.
En su informe, la Comisión de Economía y Finanzas presentó modificaciones a los artículos 2, 4, 7 y solicitó la eliminación del artículo 3 del proyecto No 287, que suspende el cobro de los cánones de arrendamiento de oficinas, locales comerciales y habitacionales.
En tanto que el Informe de la Comisión de Gobierno, también acogió el veto parcial del Ejecutivo a los artículos 4,5y7 por inexequibles.
El presidente de la Comisión de Gobierno, Leandro Ávila, dijo que el artículo 5, que establece el bono solidario y precisa que su monto debería estar a la par del costo de la canasta básica de alimentos, si contraviene la Constitución Política, específicamente el artículo 163, que prohíbe a la Asamblea Nacional autorizar partidas no previstas en el presupuesto general.
Según el diputado, Juan Diego Vásquez, los argumentos legales para vetar parcialmente el proyecto de ley No 287, son los mismo que se utilizaron para aprobar el proyecto de Ley No 295, actualmente Ley 132, que establece moratoria en el pago de los servicios públicos, de internet y telefonía.
“Esos son contratos privados, porque la constitución y la ley así lo determinan y en ese caso el presidente decidió firmar la ley y hacerla cumplir”.
Sobre la objeción por inexequibilidad, se argumenta que el artículo 3 del proyecto 287 contraviene el artículo 47 de la Constitución Política que garantiza la propiedad privada. A esta afirmación Vásquez dijo que el artículo 284 de la Constitución establece que el estado intervendrá, en base a las leyes establecidas, todas clases de empresas para hacer efectiva la justicia social.
Este jueves se reanuda a las 10:00 a.m., el tercer debate de este proyecto