La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 119 que estipula que la licencia de conducir de transporte público de pasajeros,colectivo y selectivo, sólo puede ser obtenida por personas que hayan cumplido 25 años de edad.
Esta norma se aplica a los que obtengan por primera vez una licencia de conducir Tipo E, E1, E2, E3 y J, para operar vehículos de transporte público de pasajeros, transporte selectivo, autobuses de 16 pasajeros, autobuses con más de 16 pasajeros y autobuses del Sistema de Movilización Masivo de Pasajeros en área metropolitana de Panamá.
La ley también estipula que para obtener ese tipo de licencia el conductor debe ser
panameño, presentar exámenes de sangre sobre consumo de estupefacientes emitidos por laboratorios del MINSA y de la CSS, someterse a exámenes teóricos y prácticos, de acuerdo con el procedimiento establecido por la ATTT, no haber acumulado más de 50 puntos por infracciones de tránsito en los doce meses anteriores a la solicitud.
El proyecto de Ley 119 establece normas generales para el otorgamiento de las licencias de conducir por parte de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).