El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley 1009, que extiende hasta el 2028 la exoneración en préstamos hipotecarios, con intereses preferenciales cuyas viviendas tengan un costo de 45 mil a 180 mil dólares.
La iniciativa propuesta por los diputados Crispiano Adames y Alina Gonzáles, modifica la Ley 94 de 2019 y la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.
Esos ajustes permiten extender, de forma transitoria, el plazo para aplicar a los beneficios y la exoneración del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles en la operación de primera compraventa, reconocido en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto del año 2028.
El referido tramo preferencial no podrá exceder del 4% en los préstamos para viviendas por un periodo de 10 años no renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 45,000 y no exceda de B/. 120,000.
Además, del 2% en los préstamos para viviendas plurifamiliar vertical con un periodo de 5 años no renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 120,000 y no exceda de B/. 150,000 a nivel nacional.
El 1.5% de los préstamos de vivienda plurifamiliar vertical por un periodo de 5 años no renovables cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 150,000 y no exceda de B/. 180,000 a nivel nacional.
También se podrán acoger al beneficio las viviendas cuyos permisos de ocupación fueron expedidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de promulgación de la presente Ley, sólo para los préstamos hipotecarios que se otorguen hasta el 30 de junio de 2024.
La normativa cuando fue discutida en la comisión permanente resaltó el hecho que lo planteado fue el resultado del compromiso adquirido con el CONEP en el primer periodo que asumió la presidencia el doctor Adames.