Luego de semanas de críticas sociales, finalmente se aprobó en tercer debate el proyecto 544, que reforma el Código Electoral, y deja la línea abierta para su sanción o veto presidencial tal cual contempla nuestra constitución política.
Recordemos que lo que pasó hace una semanas, cuando los magistrados del Tribunal Electoral decidieron levantarse de la mesa en la Asamblea Nacional, fue una declaración de guerra.
El documento que fue presentado, después de meses de consultas en la “comisión de reformas electorales” , aglutinaba la voluntad de todos los sectores que en el participaban con el único fin de mantener la confianza en las elecciones venideras del 2024.
Pero lo que parecía ser algo normal, se tornó oscuro y caldeó los ánimos, llevando a los máximos jerarcas del Tribunal Electoral a pararse de la mesa y expresar públicamente su oposición a la forma en que se desarrollaba el estudio de las propuestas.
Igualmente debemos recordar, que este evento tuvo su repercusión en el Ejecutivo quien se vio obligado a proponer un dialogo entre ambas partes (Asamblea Nacional- Tribunal Electoral) y donde intervendría como mediador.
Muchos puntos en conflicto como el porcentaje de financiamiento para quienes participen postulados por partidos políticos y de forma independiente, la forma de elegir a los ganadores por medio del principio de representación proporcional (cociente, medio cociente y residuo) entre otros temas, son los que han generado una oposición a la propuesta moldeada por la Asamblea.
El documento final fue aprobado en tercer debate, pese a las muestras de repudio, y ahora queda en manos del presidente sancionarla y promulgarla o vetarla.
Somos del criterio que podríamos estar frente a dos escenarios que son:
Primer Escenario: El Presidente rechaza por inexequible el proyecto 544, y la Asamblea insisten en su aprobación quedando en manos de la Corte Suprema de Justicia dirimir el tema.
Segundo Escenario: El Presidente agotado los 30 días que dispone nuestra Constitución, no remite las objeciones a la Asamblea Nacional, obligándolo a sancionar el Proyecto de Ley 544 que contempla las reformas electorales, y pese a ello, mantiene su renuencia, entonces los sancionaría el Presidente de la Asamblea Nacional quien igualmente la promulgaría .
Ahora bien, en lo personal no veo a los magistrado de la Corte Suprema de Justicia diciéndole al jefe de gobierno en funciones, que sancione el proyecto porque es constitucional.
Me inclino por el segundo escenario, ya que es la forma de justificar por parte del señor presidente ante la opinión pública y ante la historia, que no fue una imposición, sino que se enmarca en las normas constitucionales vigentes.
Todo esto me hace suponer, que habrán muestras publicas de solicitud de veto a jefe del Ejecutivo, y veremos finalmente cual de ambos escenarios elegirá.