Cortizo sanciona el fuero maternal y contratación de mano de obra

El presidente de la República Laurentino Cortizo, se reincorporó este jueves. | Foto: Cortesía

Una vez se levante el estado de emergencia por la pandemia de la Covid-19, en Panamá entrará en vigor la Ley que extiende el fuero maternal, luego que el presidente de la República, Laurentino Cortizo, firmara el proyecto de ley 548.

Este proyecto de ley especifica que se amplía el alcance del fuero maternidad hasta el padre y concede vacaciones anticipadas en caso de fallecimiento de la madre.

Ay crea la jurisdicción coactiva del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).

Detalle

La ley 548 entraría a regir el primer día después de levantado el estado de emergencia y extiende el fuero de maternidad al padre, cuando la mujer embarazada no cuente con un trabajo formal, el padre gozará del alcance del beneficio.

Además no podrá ser despedido de su empleo público o privado por los meses que dure la gestación y luego del parto, por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la ley.

https://twitter.com/presidenciapma/status/1438246476078063622

La normativa también destaca que, en caso de muerte de la madre durante el parto o en los días o meses siguientes, el cónyuge que cuente con empleo público o privado gozará de fuero de paternidad hasta cumplirse el término de un año a partir del parto.

También tendrá derecho a 15 días hábiles de vacaciones anticipadas, luego de cumplir con el tiempo de duelo que establezca la ley.

Entre los requisitos establecidos para el fuero de maternidad se estipula que el padre deberá presentar el certificado de embarazo de la madre, copia de cédula de la madre, certificado de la Caja de Seguro Social en el que se evidencie que la madre no cuenta con un trabajo formal y el certificado de nacimiento del niño que lo acredita como padre del menor.

Contratación de trabajadores extranjeros

Hoy, Cortizo también dio el visto bueno al proyecto 185, que crea la jurisdicción coactiva del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, readecúa la multa por reincidencia en la contratación de trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo y da herramientas a la Dirección de Inspección de Trabajo para el cobro del Fondo de Salud, Seguridad e Higiene en el Trabajo.

En otras palabras, el Mitradel tendrá la faculad de hacer efectivo el cobro de las sanciones surgidas por la infracción a las leyes laborales a las empresas que por tercera vez incurran en contratar mano de obra extranjera sin los permisos requeridos, pagarán una multa de B/.15 mil.

El Mitradel podrá cobrar las multas y hacerlas efectivas a través de un juez ejecutor, protegiendo la mano de obra nacional y garantizando los derechos humanos de los trabajadores.

Con esta nueva Ley, se decreta  la obligación del pago del Fondo de Seguridad Ocupacional por parte de las empresas cuya violación puede acarrearle el cierre de operaciones.

Propósito

Esta ley busca sancionar a las empresas que continúan contratando mano de obra extranjera sin los permisos de trabajo necesarios, desprotegiendo en la práctica a esta población, al someterla a condiciones laborales que implican incertidumbre, explotación y desconocimiento de sus derechos.

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