La nueva Ley permitirá revisar en seis años si se aumenta la edad de jubilación, con un margen de hasta 3 años escalonados
Tal y como lo había anunciado la semana pasada durante la conferencia semanal, el presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la Ley 462 del 18 de marzo de 2025, que modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS).
Esta normativa, aprobada por la Asamblea Nacional con 48 votos a favor y 28 en contra, introduce cambios estructurales en el sistema de pensiones y administración de la entidad.
El director de la CSS, Dino Mon; la presidenta de la Asamblea, Dana Castañeda; el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman; y el ministro de Salud, Fernando Boyd Galindo, estuvieron presentes en la firma del documento.
La nueva Ley contiene más de 200 artículos, de los cuales 81 de ellos fueron modificados en el segundo debate en el Órgano Legislativo.
Principales aspectos de la reforma
La edad de jubilación se mantiene en 57 años para mujeres y 62 para hombres, aunque se establece una revisión futura mediante una comisión tripartita, conformada por el Gobierno, empleadores y trabajadores, dentro de seis años.
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En el sistema de pensiones, se elimina subsistema de beneficio definido (SEBD) y se implementa el Sistema Único de Capitalización Solidaria, basado en:
- Componente no contributivo: Pensión mínima de $144 o pensión solidaria calculada con aportes del cotizante.
- Componente contributivo: Pensión garantizada según cotizaciones acumuladas en cuentas individuales, con rentabilidad vinculada a inversiones del Fondo Único Solidario.
La Ley señala que la CSS podrá destinar hasta un 10% de su fondo de inversiones a entidades privadas, mientras que un 90% debe invertirse en bancos estatales, como la Caja de Ahorros y el Banco Nacional de Panamá.
En cuanto a los aportes, a partir de la entrada en vigencia de la Ley, los empleadores pagarán una cuota equivalente a 13.25% de los sueldos que paguen a sus empleados y, del 1 de marzo de 2027 hasta el 28 de febrero de 2029, el equivalente será de 14.25% de los salarios que paguen a sus empleados.
Mientras que la cuota pagada por los trabajadores independientes, será de 9.36% del ingreso cotizable para cubrir las prestaciones del Programa de Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), y el 8.5% del ingreso cotizable para para el monto de aportes voluntarios destinado al riesgo de Enfermedad y Maternidad.
Igualmente, el Estado aportará un subsidio de $20,5 millones anuales para compensar fluctuaciones o disminución de tasas de interés que mantenga la Caja de Seguro Social en bonos u otros valores; además de un aporte de $25 millones anuales al Riesgo de Enfermedad y Maternidad.
Para cubrir el déficit actuarial, más un aporte de $966 millones anuales, el cual, se ajustará cada año en base a un análisis actuarial.
Del mismo modo, se recibirá el 50% de los aportes al Estado, que realicen empresas estatales o mixtas que obtengan sus ingresos del aprovechamiento de los recursos hídricos nacionales.
La sanción se dio en medio del llamado a una marcha convocada por grupos sindicales que rechazan las reformas a la entidad de seguridad social.