Consejo de Gabinete aprueba tres decretos que permiten al MEF obtener mecanismos de financiamiento

El Consejo de Gabinete aprobó autorizar la suscripción del Contrato de Línea de Crédito Interina entre Panamá, representada por el MEF con el Banco Nacional de Panamá. | Foto: Cortesía

Banconal otorgará una línea de crédito de B/ 500 millones al MEF para cada vigencia fiscal del año 2025 al 2029, con el fin de financiar parcialmente el Presupuesto General del Estado de la correspondiente vigencia fiscal

El Consejo de Gabinete aprobó autorizar la suscripción del Contrato de Línea de Crédito Interina entre Panamá, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) con el Banco Nacional de Panamá (Banconal) hasta el monto de 500 millones de balboas para cada vigencia fiscal del año 2025 al 2029. Esto con el fin de financiar parcialmente el Presupuesto General del Estado de la correspondiente vigencia fiscal.

El MEF sostuvo que esta línea de crédito es para efectos de tener disponibilidad de los recursos en el momento oportuno. Se considera conveniente obtener una sola autorización que permita suscribir un Contrato de Línea de Crédito Interina con el Banco Nacional de Panamá para cada vigencia fiscal, conforme a los términos y condiciones financieras del mercado, explicó el MEF.

Esta operación financiera cuenta con la opinión favorable del Consejo Económico Nacional (CENA).

Por otra parte, el Consejo de Gabinete aprobó el Decreto de Gabinete No. 7-25, que modifica el Decreto de Gabinete No. 8 de abril de 2007, que autoriza la emisión de títulos de valores del Estado denominado Letras del Tesoro y dicta otras disposiciones.

Con esto se autoriza la emisión de Títulos de Valores del Estado denominados “Letras del Tesoro”, cuyo saldo en circulación al cierre del año, en cada vigencia fiscal, podría alcanzar la suma de hasta 3,000 millones de balboas.

También se aprobó el Decreto No. 08-25 que modifica el Decreto de Gabinete No. 33 de 6 de agosto de 202, que autorizó a la República de Panamá, a través del MEF  a suscribir estructuras de financiamiento para las necesidades de liquidez estacional del Estado.

Con la modificación se autoriza la suscripción de estructuras de financiamiento, con diferentes entidades financieras locales e internacionales, por un monto acumulado y rotativo de hasta 6,000 millones de balboas para las necesidades estacionales de liquidez del Estado.

El MEF aclaró que no es una obligación de endeudamiento, si no una disponibilidad en caso de necesitarse.

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