El Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá, conformado por los magistrados Gustavo de Gracia, Adilio González y Yiles Pittí, resolvió de forma unánime confirmar la decisión emitida por un juez de cumplimiento, de otorgar el trabajo comunitario al médico neonatólogo Iván Sierra Robes, condenado a 60 meses de prisión por la comisión del delito contra la vida y la integridad personal, en la modalidad de homicidio culposo.
Al médico sancionado también se le impuso como pena accesoria la inhabilitación de funciones públicas por el término de un año, una vez cumplida la pena principal, en el caso conocido como «Neonatos».
Por otra parte, el tribunal decidió mantener la medida de trabajo comunitario, que consiste en la función de ayudante general en el Hospital del Niño, Dr. José Renán Esquivel, de la ciudad capital.
Esta decisión fue adoptada, ya que Sierra Robles es médico, y además cumple, de acuerdo con el tribunal, con los requisitos de la Ley; por ello, la Jueza tomó una decisión razonada, en este aspecto.
Durante este proceso, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Manuel Abrego, mientras que la defensa legal del sancionado estuvo a cargo de la defensora técnica particular, Marta Restrepo.
El proceso judicial «Neonatos se inició en junio del año 2013, en la sala de Neonatología del Complejo Metropolitano de la Caja de Seguro Social, en donde un total de 13 recién nacidos fallecieron, debido a una intoxicación por la ingestión de heparina sódica con alcohol bencílico.
Por este caso, en junio de 2022, el Tribunal Superior Liquidador de Causas Penales cambió la sentencia absolutoria previa que tomó el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, declarando culpables al médico Sierra Robles y a la famacéutica Melia Mock Sevillano, como autores de la muerte de los recién nacidos.
En 2024, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia desestimó un recurso en favor de ambos condenados.