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Tiempos procesales no permiten dictar y ejecutoriar fallo que declare inconstitucional candidatura de Mulino, señala Antinori
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mayo 1, 2024

Tiempos procesales no permiten dictar y ejecutoriar fallo que declare inconstitucional candidatura de Mulino, señala Antinori

Por: Redacción Destino Panamá
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Este miércoles 1 de mayo, se reanudó el pleno extraordinario de la Corte Suprema de Justicia para continuar examinando la demanda de inconstitucionalidad presentada por la abogada Karisma Karamañites contra el acuerdo 11-1 dictado el pasado 4 de marzo por el Tribunal Electoral y que dio luz verde a la candidatura presidencial de José Raúl Mulino.

En el palacio Gil Ponce se encuentran reunidos los magistrados María Eugenia López (presidenta), Olmedo Arrocha, Carlos Alberto Vásquez, Ariadne García, Ángela Russo, Miriam Cheng, Cecilio Cedalisse, Maribel Cornejo y María Cristina Chen.

El pasado lunes 29 de abril, un grupo de juristas conformados por Ítalo Antinori, Miguel Antonio Bernal, José Alberto Álvarez y Juan Carlos Araúz, urgieron en una nota dirigida al magistrado Arrocha que declarara la “sustracción de materia” porque el proceso de votación ya comenzó cuando el pasado 23 de abril se ejecutó el proceso de votación adelantada. Con este proceso de voto adelantado, ya la candidatura de José Raúl Mulino ha participado en el proceso de votación.

Al respecto, el constitucionalista Ítalo Antinori escribió que “hay una realidad jurídica incuestionable y es que los tiempos procesales, hoy martes 30 de abril de 2024 (11:31p.m.), no permiten dictar y ejecutoriar un fallo que declare inconstitucional la Sala de Acuerdos 11-1 de 4 de marzo de 2024”.

“El artículo 2567 del Código Judicial establece que el fallo de inconstitucionalidad se notificará a la demandante y al Procurador al día siguiente de firmarse.  Y, por otra parte, el artículo 2568 también del Código Judicial establece que el fallo quedará en firme y ejecutoriado tres días después (son días hábiles)”, subraya el doctor Antinori.

Además, “si la Corte Suprema de Justicia inhabilitara la candidatura de José Raúl Mulino durante la noche del martes 30 de abril o el miércoles 1 de mayo de 2024, la notificación del fallo a la demandante y al Procurador tendría que hacerse el jueves 2 de mayo porque el 1° de mayo no es día hábil.   Asimismo, el término para que dicho fallo quede ejecutoriado y en firme – según el artículo 2568 del Código Judicial – se empezaría a contar desde el viernes 3 de mayo, el segundo día sería el lunes 6 de mayo y el tercer día sería el martes 7 de mayo”.

Concluye el jurista que “el fallo no estaría ejecutoriado ni en firme para el día de las elecciones. Por eso no entendemos ¿qué pretende la Corte Suprema de Justicia? ¿complicar de forma innecesaria al país a cinco días de las elecciones generales, creando un estado de zozobra e incertidumbre y, sobre todo, un verdadero laberinto jurídico?”