La junta directiva de la Zona Libre de Colón aprobó una resolución donde se establecen requisitos para la expedición de los permisos especiales de cigarrillo, productos derivados de tabaco y productos farmacéuticos.
El gerente general de la Zona Libre de Colón, Manuel Grimaldo, informó que por medio de la Resolución No.008 – 2019 se adopta el Sistema de Declaración de Movimiento Comercial Electrónico y se aprueban los formularios de Declaración de Movimiento Comercial y la Ventanilla Única de Trámites.
Las empresas tendrán un término máximo de 120 días calendario para cumplir con los requisitos de permisos especiales de importación, traspaso, comercialización, exportación y reexportación de cigarrillos y productos derivados del tabaco.
También, las empresas que se dediquen a la fabricación, envasado, importación, traspaso, exportación y reexportación medicamentos terminados, especialidades farmacéuticas, psicotrópicos estupefacientes y precursores químicos de uso medicinal tendrán el mismo plazo.
De igual forma a esta lista se suman los suplementos alimenticios, dispositivos médicos, así como droga pura (materia prima para fabricación de medicamentos); productos biológicos, productos medicamentos desarrollados por la ingeniería genética.
La resolución incluye las empresas con derivados hospitalarios tales como: fitofármacos, radiofármacos, suplementos vitamínicos, dietéticos y homeopáticos y suplementos alimenticios con propiedad terapéutica; equipos e insumos médico – quirúrgicos, odontológicos y radiológicos.
Se incluyen además productos o materiales de uso interno, sean biológicos o biotecnológicos, empleados en la salud humana y cualquier otro producto relacionado con la salud de los seres humanos.
La resolución del 25 de abril 2019 publicada en Gaceta Oficial No.28761, empieza a regir desde ese día.